DERECHO A ALIMENTOS
Como su asesor,
debemos ante todo aclararle que los alimentos no solo constituyen la comida,
sino también el vestido, recreo, estudio, salud, aseo, etc., en conclusión, los
alimentos son un “paquete” de diversas cosas y servicios.
Asimismo debe
saber que se puede recibir alimentos hasta los 27 años si el hijo tiene
estudios exitosos, por otro lado, también la esposa y padres del obligado
pueden solicitar alimentos.
RESPECTO A LOS ALIMENTOS:
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Te asesoramos para que vía
conciliación puedas obtener lo más rápido posible, un monto mensual de dinero por
concepto de alimentos, un monto que cubra todas las necesidades y gastos de tu
menor.
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Te patrocinamos vía judicial,
para que desde el primer mes de iniciado el proceso puedas gozar de una pensión
de alimentos (“anticipada” en lo que dura el proceso) y al final del mismo, te den
una pensión de alimentos definitiva.
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Le ayudaremos a obtener el
mayor monto posible de alimentos a favor de sus hijos, ya sea que el deudor no
tenga trabajo, trabaje en planillas, sea dueño de una empresa, o tenga más
hijos.
·
Llevamos el proceso con la
debida diligencia a efecto que termine en el menor tiempo posible y con un buen
resultado.